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Image by Aaron Burden

DIFICULTADES Y EXENCIONES PROVISIONALES

PERMISO PARA VOLVER A SOLICITAR LA ADMISIÓN

Solicitud de exención del formulario I-601 / 601A


Desde el 4 de marzo de 2013, ciertos solicitantes de visa de inmigrante que son parientes inmediatos (cónyuges, hijos y padres) de ciudadanos estadounidenses pueden solicitar exenciones provisionales por presencia ilegal antes de salir de los Estados Unidos para su entrevista consular. El 29 de agosto de 2016, el proceso de exención provisional por presencia ilegal se amplió a todas las personas legalmente elegibles para una visa de inmigrante y una exención de inadmisibilidad por presencia ilegal en los EE. UU.

Si no es elegible para ajustar su estatus en los Estados Unidos, debe viajar al extranjero y obtener una visa de inmigrante. Dependiendo de cómo ingresó inicialmente al país, si ha acumulado más de 180 días de presencia ilegal mientras se encuentra en los Estados Unidos, es posible que deba obtener una exención de inadmisibilidad para superar las barreras de presencia ilegal bajo la sección 212 (a) (9) (B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad antes de que pueda regresar. Por lo general, no puede solicitar una exención hasta que se haya presentado para su entrevista de visa de inmigrante en el extranjero y un funcionario consular del Departamento de Estado (DOS) haya determinado que usted es inadmisible en los EE. UU.

Si es elegible por ley para una visa de inmigrante (parientes inmediatos, inmigrantes patrocinados por la familia o basados ​​en el empleo, así como seleccionados para la visa de diversidad), y solo necesita una exención de inadmisibilidad por presencia ilegal, el proceso de exención provisional por presencia ilegal le permite solicitar esa exención en los EE. UU. antes de partir para su entrevista de visa de inmigrante.

Este nuevo proceso se desarrolló para acortar el tiempo que los ciudadanos estadounidenses y los miembros de la familia con residencia permanente legal están separados de sus familiares mientras esos familiares obtienen visas de inmigrante para convertirse en residentes permanentes legales (titulares de la tarjeta verde) de los EE. UU.

El proceso de exención provisional por presencia ilegal no afecta la disponibilidad continua del proceso del Formulario I-601: si no desea solicitar o no califica para una exención provisional por presencia ilegal, aún puede presentar el Formulario Ii-601, Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad, después de que un funcionario consular determina que usted es inadmisible en los EE. UU.

Permiso del Formulario I-212

para solicitar readmisión


Si es inadmisible bajo la sección 212 (a) (9) (A) o (C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), se le puede otorgar permiso para volver a solicitar la entrada utilizando el Formulario i-212 para que pueda regresar legalmente al Estados Unidos.

En circunstancias específicas, el permiso para solicitar readmisión para ingresar a los EE. UU. Puede otorgarse a un solicitante que está sujeto a una prohibición permanente, o que fue expulsado físicamente de conformidad con una orden de deportación o salió de los EE. UU. Mientras la orden de expulsión aún estaba pendiente.

Determinación de extrema dificultad

Si necesita una exención u otro alivio antes de que se le otorgue una tarjeta verde, es posible que deba presentar evidencia de que su "pariente calificado" sufriría dificultades extremas si no se otorga su exención.


El oficial de inmigración que está revisando la solicitud de exención debe analizar la totalidad de las circunstancias antes de tomar una decisión. Por lo tanto, es muy importante presentar una solicitud detallada que describa todas las consecuencias comunes que sufrirá el familiar calificado si se separa del solicitante de la exención.


Los factores y la consideración de las dificultades extremas para el pariente calificado incluyen:


Lazos familiares e impacto

Impacto social y cultural

Impacto económico

Condiciones de salud y cuidados

Condiciones del país


Hay otros factores particularmente importantes, como la evidencia de que al pariente calificado se le otorgó previamente el estatus de inmigrante especial iraquí o afgano, el estatus de no inmigrante T o el estatus de asilo o refugiado, que USCIS ha determinado a menudo pesar mucho en apoyo de encontrar dificultades extremas.

Armstrong Law Offices PLLC puede trabajar con usted para determinar quién en su familia es un pariente calificado y luego evaluar su conjunto único de hechos para determinar si usted o los miembros de su familia son elegibles para solicitar una exención y cuál es la mejor manera de proceder.

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